sábado, 5 de febrero de 2011

ASPECTOS TRIBUTARIOS Y LEGALES DE LAS DONACIONES Y LIBERALIDADES



Continuando con la divulgación de la cultura tributaria y financiera oyentes de nuestro programa de radio “Tributos y Finanzas” que se trasmite todos los sábados a las 12 del mediodía hasta la 1pm, por 97,3 FM, me han consultado con respecto al Tratamiento Tributario cuando se hacen donativos. De acuerdo a lo señalado en el artículo 27, parágrafo duodécimo y decimotercero de la ley de Impuesto sobre la Renta, ambos conceptos son deducibles. Los contribuyentes realizan donativos sin un previo análisis, sin tomar encuenta los efectos tributarios que este acto tendría cuando se proceda a la determinación de los tributos. En otros casos existen empresarios que quisieran realizar donaciones a fundaciones y asociaciones sin fines de lucro pero apegados a la ley, a los fines de aprovechar la deducción en la declaración de impuesto sobre la renta de su empresa o como persona natural.

Los procedimientos legales y fiscales existentes, a seguir al efectuar las mismas son:

1. Contrato y Carta de aceptación de la Donación

La donación puede ser entregada mediante solicitud expresa de la Institución que la necesite, o por iniciativa de los propios donantes. En su forma, la donación puede ser una liberalidad (dinero) o bienes tangibles o intangibles.

1.1 La donación será formalizada para que las mismas sean validas (Artículo 1.439 y 1.440 Código Civil), podría ser mediante un formato de contrato de donación (no es necesario sea notariado), el cual se firmará en el acto de entrega-recepción en donde ambas partes tanto Donante como Donatario acepten los términos allí establecidos. En el caso de la donación de bienes inmuebles, se deberá hacer constar en documentos público protocolizado de conformidad con lo dispuesto en el código civil.

1.2 Actualmente las compañías emiten una carta dirigida al ente respectivo indicando los bienes donados, y el Donatario firma y sella la misma en calidad de aceptación. En base a lo que establece la norma deberíamos exigir una carta a los entes públicos, fundaciones, empresas sin fines de lucro, etc. en donde ellas indiquen expresamente la aceptación de la donación.
Si el ente no expresa debidamente la aceptación podría considerarse nula la donación (Artículos 1.439 al 1.449 del Código Civil), no siendo admisible como soporte solo la carta solicitud de medicamentos por parte del donatario.

2. Emisión de la Factura por concepto de los bienes donados emitida por las compañías.

2.1 La donación consiste en trasferir a título gratuito el dominio de un bien, y en el caso de la donación de mercancías que formen parte del inventario, como en cualquier negocio que implique la transferencia de dominio, es necesario expedir la respectiva factura e incluso cobrar el IVA (Articulo 31 RLIVA), se debe tener en cuenta, que si el bien retirado del inventario está gravado con este impuesto, éste se debe generar, y la base gravable será el precio de venta del bien retirado (Articulo 43 RLIVA), por ende reiteramos basados en la norma se debe expedir la factura aun cuando el valor de la operación sea de cero bolívares. Recordemos también que según el artículo 4 numeral 3 de la LIVA, se considera venta la transferencia del dominio de un bien ya sea a título oneroso o gratuito, por lo que se debe concluir que el hecho de transferir gratuitamente [donar] una mercancía no afecta para nada el concepto de venta, y con ello la obligación de facturar y de generar y cobrar el IVA en caso de ser una mercancía gravada con dicho impuesto.

3. Registro en el Libro de Ventas de la Factura por concepto de los bienes donados, según lo establece el Artículo 31 del RLIVA la factura emitida por el en este caso por concepto de la donación debe registrarse en una columna especial del Libro de Ventas. Actualmente se está evaluando como debe realizarse este registro el cual no debería afectar las vtas correspondientes a las operaciones propias del negocio.

4. Deducción de la Donación limites y condiciones s/ Ley de Impuesto sobre la Renta, Las entidades sin fines de lucro a la cual le realicemos donaciones en efectivo deben entregarnos copia de la calificación y registro de la exención de ISLR correspondiente otorgada por el SENIAT (Parágrafo Único del artículo 14 LISLR), caso contrario se deberá aplicar la retención de ISLR.

TIPS DE INTERES GREMIALISTAS:

Presencial Gremial y Profesional Internacional:
El pasado 3 de febrero, el Lcdo. Rafael Rodríguez, Presidente de nuestra Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, nos estuvo representando en un evento realizado en Brasil, donde represento muy dignamente y estuvo como expositor y panelista transmitiendo todo lo concerniente a las experiencias en Latinoamérica en la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIFF). Orgullo venezolano, ÉXITO.
Para integrar el Comité Tributario del est. Bolívar, hago un llamado a todos los colegas a los fines de ponerse en contacto tributo.finanza@gmail.com, consignar resumen curricular y conformar mesa de discusión de normas y leyes tributarias.

Pensamiento:
“La verdadera sabiduría no esta en las soluciones superficiales, sino en hacer las cosas buenas, bien”.

Escriban sus comentarios ha tributosyfinanza@gmail.com, al Twitter @tributoyfinanza, @raulgilarias y leer artículos
Blog: http://tributosyfinanzas.blogspot.com/, Comunicarse 0414-8958103 / 0416-7865633.

8 comentarios:

  1. Buenas Noches,

    Será posible que me indique cuanto es lo máximo con base al ISR que puede una empresa disponer en Donaciones a fundaciones sin fines de lucro,

    de antemano gracias

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  2. Buenas Tardes,
    Sera posible que me informen y guien, tengo un hijo con discapacidad el cual amerita unas terapias en una empresa privada. tengo a disposicion una empresa privada dispuesta a donarle o darle una aporte economico para el pago de las terapias, teniendo en cuenta que esto se meteria ante el seniat como deducible sobre el impuesto sobre la renta.
    Que pasos debo seguir, si se hara como persona natural ya que no estoy en ninguna fundacion.

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  3. saludos! tengo un negocio y quiero realizar una donación de equipo deportivo a una comunidad, cuales son los pasos que debo realizar, a que organismo debo dirigirme?

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  4. Buenas noches ! Mi madre quiere donarme el inmueble de su pertenencia, mi hermana está de acuerdo y ella posee un poder amplio de administración y disposicion de mi madre. que debemos hacer ?

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  5. Tengo algunas dudas pero no las expongo porlque Ud. no contesta nada ¡¡¡

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  6. Sere madre soltera y necesito que alguien me ayude con algo lo que sea en este pais todo esta caro lo poco que tengo es para la comida y para colmo ahora estoy en esta situacion por favor lo que sea mi correo maryubis_maria_21@hotmail.com

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  7. Sere madre soltera y necesito que alguien me ayude con algo lo que sea en este pais todo esta caro lo poco que tengo es para la comida y para colmo ahora estoy en esta situacion por favor lo que sea mi correo maryubis_maria_21@hotmail.com

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